La recategorización de monotributo se hace dos veces al año, y muchos contribuyentes la viven como un trámite molesto que dejan para último momento. El problema es que hacerla mal, o directamente no hacerla, tiene consecuencias concretas.
Qué se revisa realmente
No alcanza con mirar cuánto facturaste. La categoría se determina cruzando varios parámetros:
- Ingresos brutos de los últimos doce meses.
- Superficie afectada a la actividad.
- Energía eléctrica consumida en el período.
- Alquileres devengados, si corresponde.
Basta con superar el tope de uno solo de estos parámetros para que corresponda subir de categoría, aunque los demás estén dentro del límite.
El riesgo de quedarse corto
Si facturaste por encima de tu categoría y no recategorizaste, AFIP puede recategorizarte de oficio y, en casos más serios, excluirte del régimen. Quedar excluido significa pasar al régimen general de un día para el otro, con todas las obligaciones que eso implica.
Nuestra recomendación
No esperar al último día. Revisamos con cada cliente sus doce meses antes de cada vencimiento, así la recategorización es una confirmación tranquila y no una corrida. Si estás cerca de un tope, es el momento de conversar si conviene reordenar la actividad o dar el paso al régimen general.